Coberturas, aumentos por edad, reintegros e indemnizaciones
Coberturas
Las coberturas médicas de las prepagas portratamientostienen un mínimo que es el Programa Médico Obligatorio. Lo que hay que tener en cuenta cuando un médico tratante ordena hacer un tratamiento específico es que la prepaga debería cubrirlo teniendo en cuenta lo que establezca el establezca el Programa Médico Obligatorio, el contrato y si cuenta, o no, con certificado de discapacidad. Lo contrario está en violación de nuestra Constitución Nacional.
Aumentos por edad
Las prepagas sólo pueden hacer aumentos generales de las cuotas pero no pueden hacerincrementosbasados en la edad de susafiliadosen la mayoría de los casos o quizás pueda cuestionarse por ser una cláusula abusiva o excesiva.
Formulario
En caso que alguno de estos pasos no se cumpla o se lo haga en forma defectuosa, le sugerimos que nos contacte para tener una entrevista personalizada e iniciar las acciones para lograr el cumplimiento y/o la indemnización que le corresponda. Nuestros honorarios serán pactados con usted mediante un convenio en el que usted podrá elegir entre distintas modalidades.