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Dejé de pagar el plan de ahorro ¿Me devuelven las cuotas?

La respuesta dependerá de la situación de cada adherente al grupo, ya que no es lo mismo si retiró o no el vehículo. Y también hay diferencia si renunció al plan o dejó de pagarlo.

Cuando una persona ingresa en un contrato de plan de ahorro para la compra de un vehículo 0 km. va pagando su cuota mensual generando el aporte a un grupo para que puedan ir adjudicando automóviles para cada uno mes a mes.

En la práctica, por ejemplo, si un adherente licitó o salió sorteado, presentó los papeles y luego adjudicó el vehículo no podrá dejar de pagar sus cuotas. Y en el caso de hacerlo se enfrentará a un reclamo de la administradora del plan o del acreedor prendario para que pague las cuotas adeudadas. Incluso, en algunas oportunidades, esos reclamos llegan a ser expedientes judiciales con remate del automóvil para pagar la totalidad de la deuda más todos los gastos del juicio.

La situación es muy diferente si el adherente no adjudicó el vehículo y deja de pagar las cuotas. En estos casos se pueden dar dos situaciones distintas.

Una es la renuncia anticipada, es decir cuando en algún momento de las cuotas la persona decide no continuar con el contrato e informa a la administradora su decisión. En estos casos, es importante siempre dar aviso y controlar que esto se haya efectivizado en el sistema del plan para evitar que la administradora pretenda cobrar una cuota más.

La otra posibilidad es que la persona haya dejado de pagar sin dar aviso a nadie. En este caso, si pasan varios meses sin pagar la administradora dará de baja el contrato por esos atrasos y luego le cobrará una multa por la morosidad.

Por lo tanto la respuesta a la pregunta inicial es que en los casos en los que no se retiró el vehículo si se puede pedir el pago de las cuotas abonadas a las que se les descontará lo que corresponda de acuerdo al caso concreto del adherente y del grupo.

Otra cuestión importante es cuándo se puede solicitar el pago de lo aportado. En estos dos casos en los que el o la adherente dejó de pagar las cuotas del plan por renuncia o se dio de baja por morosidad hay que esperar a que terminen las cuotas del resto del grupo.

Lo que hay que tener presente es que la administradora del plan va a practicar una liquidación de la cantidad de cuotas pagadas por el suscriptor y descontará la multa por renunciar junto con los diferimientos que se hayan practicado. Esto lo va a realizar cuando finaliza todo el grupo, es decir cuando se termine de pagar la última cuota del plan.

La administradora debe realizar el pago una vez practicada la liquidación y si no lo hace se podrá comenzar con las intimaciones y reclamos que correspondan.

Se deja aclarado que siempre hay que evaluar el caso específico y esta nota no implica un asesoramiento a la situación puntual sino lineamientos generales.

Silvana Alonso

Silvana Alonso, abogada, comunicadora, docente y mediadora. Es fundadora y titular del Estudio Silvana Alonso con práctica en reclamos relacionados con la industria automotriz y mercado asegurador. Abogada egresada de la Universidad Nacional de Mar del Plata (1998) con estudios superiores en la Universidad Nacional de Buenos Aires.

www.estudiosilvanaalonso.com.ar

IG @abogadasilvanaalonso 

YT @SilvanaAlonso

Adjudiqué un 0 KM. En un plan y no me lo entregaron ¿Qué hago?

Si adjudicaste un vehículo 0 km. en un plan de ahorro y cuando llegó la fecha pactada no te lo entregaron te cuento que  podrías lograr no sólo que te lo den sino que también te paguen por cada día de atraso.

¿Cómo hacerlo? Es simple pero hay que tener en cuenta algunos puntos importantes en todo el proceso.

Esto comienza en el momento de la adjudicación ya sea por licitación o sorteo. En ambos casos hay que presentar toda la documentación para formalizar la adjudicación del vehículo y es importante hacerlo pidiendo una constancia de lo que se presentó en la que figure la fecha junto con el detalle de la documentación.

Luego la administradora del plan informará si está aprobada la carpeta crediticia, de la que ya hablaremos en capítulo aparte, y enviará a asignar el vehículo. Acá es fundamental ir siguiendo todo ese proceso para saber si la unidad podrá ser entregada en el plazo pactado en el contrato o no. O por lo menos ir previendo una fecha aproximada para la entrega.

En algunas ocasiones se informa que el plan está adjudicado y que la entrega será inmediata pero hay que tener cuidado con este tipo de afirmaciones porque no siempre se da y en esos casos no hay muchas posibilidades de reclamarlo si no está pactado de esa forma. ¿Cómo saberlo? La respuesta es sencilla, hay que leer el contrato que se firma al momento de ingresar al grupo. Pero quizás puedas decirme que nunca que dieron una copia y esto se da en muchas ocasiones.  En algunos casos no se entregan las copias de la solicitud de adhesión al momento de la suscripción y esto se da con frecuencia cuando se trata de planes ya adjudicados, es decir que hubo un primer titular que renunció pero que fue cedido a un nuevo titular.

En todas las situaciones es importante saber que en los planes de ahorro ya están previstos los plazos de entrega en el contrato de adhesión y eso dependerá de cada administradora.  Por eso es fundamental conocer cuál es el plazo que se estableció en el contrato y también hay que saber si el vehículo adjudicado es el mismo que se está pagando en el grupo. En caso que no lo sea se van a adicionar días debido al cambio de modelo realizado por el suscriptor.

Una vez vencido el plazo original si se eligió el vehículo de todo el grupo o la fecha adicional si se cambió a otra unidad comenzará a correr una multa por cada día de demora en la entrega y que seguirá hasta la fecha de la efectiva entrega.

Por ello en los casos en los que llegada la fecha pactada no se entrega la unidad podrás reclamar que te den el vehículo más una indemnización por cada día de demora.

La sugerencia es que cuando el plazo pactado de entrega se está cumpliendo comenzar con las intimaciones formales para que puedas reclamar todo lo que pueda corresponder.

Se deja aclarado que siempre hay que evaluar el caso específico y esta nota no implica un asesoramiento a la situación puntual sino lineamientos generales.

Silvana Alonso

Silvana Alonso, abogada, comunicadora, docente y mediadora. Es fundadora y titular del Estudio Silvana Alonso con práctica en reclamos relacionados con la industria automotriz y mercado asegurador. Abogada egresada de la Universidad Nacional de Mar del Plata (1998) con estudios superiores en la Universidad Nacional de Buenos Aires.

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El auto no llega: Opciones para las vacaciones:

Si decidiste comprar un vehículo nuevo para tus vacaciones pero no te lo están entregando en la fecha que tenías pensada hay algunas opciones que podrían ayudar a resolverlo.

El primer paso es mirar el contrato o el boleto de compraventa para determinar con precisión el tipo de contratación elegida. En algunos casos, incluso, podría tratarse de una reserva o un recibo por una seña.

Veamos los distintos supuestos y qué opciones hay. Si estamos frente a un contrato de compraventa hay que ver si se pactó la fecha de entrega y las condiciones. Cuando se pacta una fecha exacta y no se cumple lo más recomendable es realizar una intimación exigiendo la entrega inmediata o también podría pedirse que finalice el contrato con devolución de lo pagado.

En ambos casos podría adicionarse el monto de los daños y perjuicios que se sufrieron por el incumplimiento de la entrega del vehículo en la fecha pactada. Esto último sucede cuando, por ejemplo, estaban contratados algunos destinos vacacionales que por la demora o la no entrega del vehículo no se podrá concurrir o si hay que pagar multas por las reasignaciones de fechas de los paquetes contratados. En estas situaciones sería importante contar con toda la documentación de los gastos para el caso que se piense en reclamar.

Cuando estamos frente a un boleto de compraventa y no se entrega el auto lo más importante será verificar la titularidad registral. En algunos casos podría ocurrir que quien vende no sea el dueño y por eso se esté demorando. Una vez verificado quién es el propietario se podrá decidir si hacer un reclamo por la vía civil solicitando que se cumpla con el contrato o si podría tratarse de algún tipo de delito penal.

En los casos en los que se hizo una reserva, seña o pedido de unidad (plan de ahorro previo) la situación cambia porque es recomendable analizar primero qué es lo más conveniente. Las opciones serían avanzar con el cumplimiento y exigir la entrega del vehículo o solicitar la resolución del contrato. También se podría reclamar indemnización cuando se dan los requisitos pero eso dependerá de cada caso en particular.

En todas las situaciones es importante explorar todas las opciones que, en general, serán intimar al vendedor para avanzar con la entrega del vehículo, finalizar el contrato o incluso podría lograrse un cambio de la unidad a entregar. Y, también, habrá que ver las posibilidades de reclamar una indemnización cuando se dan los requisitos y documentación necesarios para cada tipo de contratación.

Se deja aclarado que siempre hay que evaluar el caso específico y esta nota no implica un asesoramiento a la situación puntual sino lineamientos generales.      

Silvana Alonso, abogada, comunicadora, docente y mediadora. Es fundadora y titular del Estudio Silvana Alonso con práctica en reclamos relacionados con la industria automotriz y mercado asegurador. Abogada egresada de la Universidad Nacional de Mar del Plata (1998) con estudios superiores en la Universidad Nacional de Buenos Aires.

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La cuota del plan está impagable – opciones

Los compradores de vehículos 0 km se llevan una sorpresa cuando contratan planes de ahorro porque las cuotas van aumentando a lo largo de todo el tiempo que dure el grupo

En algunos casos llegan a alcanzar los 120 meses por lo que los aumentos podrían presentarse a lo largo de 10 años.

Por esto es muy importante conocer cuáles son las opciones que se pueden tener a la hora de decidir mediante qué forma comprar el 0 km. Y en el caso en el que ya esté contratado y se vayan presentando los aumentos de las cuotas mensuales también hay distintos caminos que se pueden tomar.

En los casos en los que todavía no esté comprado el vehículo las opciones son muchas pero entre las más elegidas encontramos las compras pagando el precio total, los planes de ahorro y las financiadas con préstamos prendarios.

Las compras al contado son una buena opción para aquellos que tienen el dinero y alguna incertidumbre sobre su futuro financiera porque no habrá problemas respecto de los futuros pagos. También podrán venderlo sin problemas cuando lo necesiten porque no habrá un acreedor prendario esperando el cobro.

Para las compras en planes de ahorro la situación es diferente porque se pacta un valor móvil y como la palabra lo dice no hay un precio estático. En estos casos el precio del vehículo se va a ir modificando a lo largo de toda la contratación. En esta situación una opción es adelantar cuotas, incluso se puede lograr conseguir otro préstamo para cancelar el total de la liquidación final. Recién en este punto se podrá pensar en la venta del vehículo atento que una vez que se pagan todas las cuotas del plan se podrá solicitar a la administradora el certificado de baja de la prenda. Con este documento ya se podrá vender la unidad atento que el acreedor prendario otorga por escrito una constancia en la que informa que las cuotas están saldadas y que el vehículo ya no es garantía por la deuda contraída. La otra posibilidad es que el vehículo haya sido adjudicado pero el comprador no quiera continuar con la licitación. En estos casos se podrá dar de baja y solicitar el reintegro de las sumas abonadas por ese concepto de manera anticipada a la finalización del plan.

Las otras situaciones que pueden darse en un contrato por plan de ahorro es que el vehículo no haya sido adjudicado y en esos casos se puede renunciar notificando a la administradora la decisión o se puede dejar de pagar y que den de baja por morosidad en la cancelación de las cuotas mensuales. En ambos casos la liquidación de las cuotas pagadas se realizará cuando finalice el plan de ahorro descontándose las multas correspondientes a renuncia o baja por morosidad.

Para las compras financiadas por préstamos bancarios las cuotas también podrán ir aumentando pero esto dependerá del tipo sistema de financiación que se haya contratado al sacarlo.

Por estas razones es importante ver al momento de elegir el tipo de contratación para la compra cuál es la mejor opción para la situación financiera de cada uno. Y en los casos en los que se elija algún tipo de financiación habrá que decidir con calculadora en mano el sistema de aumento en las cuotas que mejor se amolde a tu economía en los próximos años. A veces se trata de una muy difícil decisión y por eso lo mejor es informarse de todas las opciones antes de la contratación.

Se deja aclarado que siempre hay que evaluar el caso específico y esta nota no implica un asesoramiento a la situación puntual sino lineamientos generales.

Silvana Alonso

Silvana Alonso, abogada, comunicadora, docente y mediadora. Es fundadora y titular del Estudio Silvana Alonso con práctica en reclamos relacionados con la industria automotriz y mercado asegurador. Abogada egresada de la Universidad Nacional de Mar del Plata (1998) con estudios superiores en la Universidad Nacional de Buenos Aires.

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Multas de Tránsito – evitá posibles estafas al pagarlas o impugnarlas

Las multas de tránsito son impuestas por las distintas localidades y, muchas veces, el conductor o el propietario del vehículo no se entera cuando son cometidas.

Cada vez son más los dispositivos electrónicos para el control de tránsito por lo que la entrega de la multa en el momento confeccionada por el agente de tránsito ya es una excepción.

En los casos en los que el propietario del vehículo recibe una notificación sobre una infracción hay que verificar su autenticidad. Suelen enviarse links, mails y hasta imágenes para escanear que podrían no se veraces y tratarse de algún tipo de estafa virtual y el usuario termina pagando a un lugar que no es el que corresponde.

La forma de verificar si lo que te enviaron es real la sugerencia es ingresar en el sitio web de la localidad desde la que se remite la infracción y buscar por documento o dominio si hay actas relacionadas. En caso de ser afirmativo y constatar que hay infracciones se pueden descargar o escanear los códigos Qr.

Una vez constatada la autenticidad se podrá evaluar pagarlas, en algunas jurisdicciones incluso se pueden pagar con importantes descuentos. Pero en caso de considerar que el acta no cuenta con los requisitos necesarios para ser válida o que la infracción no ocurrió se podrá impugnar la misma dentro del plazo establecido en la notifiación de la multa.

Lo que hay que tener en cuenta es que si se presenta el pedido de nulidad o de cuestionamiento, en general, no podrá abonarse luego la bonificación ofrecida. Ello ocurre porque los descuentos son ofrecidos por pagos voluntarios que suponen que no hubo un cuestionamiento del infractor.

En las jurisdicciones en las que no se puede ingresar en un sitio web para verificar la autenticidad se podrá contactar directamente al Juzgado de Faltas de la localidad de que se trate para que remitan el acta de infracción o informen respecto de la autenticidad.

También podría ocurrir que se trate de infracciones relacionadas con un vehículo que ya fue vendido a otra persona. En esos casos hay que comunicarse con el Juzgado de Faltas para presentar el aviso de la transferencia del vehículo o la denuncia de venta.

Para todos los casos en los que se reciban notificaciones de multas es importante verificar primero su existencia ingresando en los portales webs de la jurisdicción o en forma telefónica con el Juzgado de Faltas que supuestamente remitió la notificación. En caso que sea un acta veraz habrá que determinar si se realizará el pago voluntario o se presentará una impugnación por inexistencia de la infracción o venta del vehículo o algún otro motivo que permita cuestionar la referida acta.

Se deja aclarado que siempre hay que evaluar el caso específico y esta nota no implica un asesoramiento a la situación puntual sino lineamientos generales.

Silvana Alonso

Silvana Alonso, abogada, comunicadora, docente y mediadora. Es fundadora y titular del Estudio Silvana Alonso con práctica en reclamos relacionados con la industria automotriz y mercado asegurador. Abogada egresada de la Universidad Nacional de Mar del Plata (1998) con estudios superiores en la Universidad Nacional de Buenos Aires.

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